Gestión · Defensa
Acompañamos a personas y organizaciones en sus actuaciones ante la Administración: cómo se inicia un procedimiento, cómo se tramita, cómo se decide y cómo se revisa.
Qué hacemos
La Ley N° 19.880 fija las bases de los procedimientos administrativos. Conocer sus etapas, plazos y principios permite presentar mejor una solicitud y discutir con fundamento una decisión.
Preparación y seguimiento de solicitudes y presentaciones ante órganos de la Administración del Estado.
Evaluación de la legalidad, motivación y proporcionalidad del acto, y elección de la vía de impugnación más adecuada.
Como referencia general, los recursos de reposición y jerárquico se interponen dentro de cinco días hábiles desde la notificación del acto (artículo 59 de la Ley N° 19.880). Existen procedimientos con reglas y plazos especiales, por lo que conviene revisar cada caso.
Cómo lo analizamos
Competencia del órgano, etapas del procedimiento, motivación del acto y principios de la Ley N° 19.880.
Cómo tramita en la práctica el servicio: unidades que intervienen, tiempos reales y criterios internos.
Costo y beneficio de cada vía de impugnación frente al efecto del acto.
Trazabilidad de la decisión, imparcialidad y deber de abstención de quienes intervienen.
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Envíenos el acto y la fecha de notificación. Le explicamos qué dice, qué efectos tiene y qué vías de revisión existen.